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Resumen

Este trámite permite cumplir con los requisitos necesarios para constituir entidades de segundo grado, es decir integradas por personas de existencia ideal.

 

Requisitos

- Nota de Estilo- dirigida al señor/a Inspector/a General- solicitando la aprobación del Estatuto Social y consecuente autorización para funcionar como persona jurídica, indicando domicilio legal, teléfono y/o correo electrónico de contacto de la entidad y firmada por presidente y secretario.

- Acta constitutiva, conforme a los requisitos establecidos por el artículo 170 del código civil y comercial.

- Estatuto Social en piezas separadas, firmado por presidente y secretario.

- Nómina de Comisión Directiva y Comisión Revisora de Cuentas, con especificación de los cargos a desempeñar y la aceptación de los mismos mediante su firma, domicilio y documento de identidad de cada uno.

- Padrón de entidades integradas, con denominación, domicilio y número de decreto que autoriza a funcionar como persona jurídica, consignando además los representantes de cada institución.

- Certificado expedido por esta Inspección General, en el que conste que cada una de las instituciones goza de personería jurídica y la vigencia de sus autoridades. En caso que el estatuto social prevea una categoría de socio específica para instituciones que aún no gocen de personería jurídica, deberán adjuntar certificado de personería en trámite.

- Copia certificada del Estatuto Social de cada una de las instituciones, de donde surja que las mismas prevén en su cuerpo estatutario la posibilidad de integrar instituciones de segundo grado.

- Boleta de depósito del patrimonio inicial.

- Declaración jurada de sede social.

- Pago de 366 U.T. por derecho de trámite.

- Pago de 1 U.T. por foja presentada.

 

Procedimiento

A fin de iniciar el trámite debe dirigirse el interesado por Mesa de Entradas de la I.G.P.J. Santa Fe 58 Oeste, Segundo Piso, núcleo 2.

Debe acompañarse toda la documentación requerida.

 

Normativas Implicadas

Tipo Código Detalle
Ley 150-A Se crea y establece el funcionamiento y organización de la Inspección General de Personas Jurídicas, organismo dependiente del Ministerio de Gobierno.
 

Observaciones

Documentos Relacionados:

- Nociones Básicas de Asociaciones Civiles y Fundaciones.

- Modelo de Estatuto para Asociaciones Civiles.

- Nota de Estilo.

* Para poder comprar una Unidad Tributaria, dirigirse a la Dirección General de Rentas y luego abonarlos en Banco San Juan.

Patrimonio inicial: acorde al objeto.

Las SUMAS DE DINERO deben ser depositadas en el BANCO SAN JUAN, CUENTA NRO. 28864/8 (Nombre de la cuenta: SOCIEDAD EN FORMACCIÓN), a nombre de la Asociación Civil.

Las instituciones religiosas (con objeto religioso) DEBERÁN ACREDITAR -además- la INSCRIPCIÓN en el REGISTRO NACIONAL DE CULTO.

IMPORTANTE: todo trámite es de exclusivo interés del administrado, por ende corre por su cuenta el impulso del mismo.

 

 

Otros Datos

Teléfono
264 4936894
Horario
7:30hs a 12:30hs
Costo
Tiempo Estimado
Formularios Implicados
Fecha de Alta
10/02/2016 20:02:05
Última Actualización
16/07/2024 11:07:05
 
Mas Información

Inspección General de Personas Jurídicas

Domicilio:
Santa Fe 54 Oeste, entre Mendoza y Entre Ríos
Localidad:
SAN JUAN
Telefono(s):

Fax(es):

 

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