Sanidad Vegetal
Listado de Trámites por Categoría/Tipo:
"Sanidad Vegetal"
Mostrando 11 trámite(s)
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El presente trámite deberá ser realizado por las personas físicas / jurídicas para realizar servicios de aplicaciones a terceros de fitosanitarios, fertilizantes, abonos, enmiendas, inoculantes y otros productos de saneamiento ambiental.
Realicen esta actividad por vía aérea, terrestre, cámaras de fumigación y/o empresas unipersonales de aplicación terrestre.
La reinscripción es anual.
Domicilio: Dirección de Sanidad Vegetal, Animal y Alimentos – Av. Benavidez 8000 –Oeste –Rivadavia. Teléfono: 4265224 int.15
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El presente trámite deberá ser realizado por Profesionales Universitarios, Ingenieros Agrónomos o título equivalente.
En el caso de asesores técnicos de empresas que se dediquen a la fabricación, formulación y fraccionamiento industrial de fitosanitarios, fertilizantes y demás productos contemplados en la Ley N° 551-L podrán completar el trámite ingenieros químicos, industriales, licenciados en química o título equivalente.
La habilitación es por el término de un año, transcurrido el mismo se debe realizar la reinscripción.
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El presente trámite se refiere a la actualización de la documentación por parte de personas físicas / jurídicas para continuar con la prestación de servicios de aplicaciones a terceros de fitosanitarios, fertilizantes, abonos, enmiendas, inoculantes y otros productos de saneamiento ambiental, luego de vencido el certificado de INSCRIPCIÓN, el 31 de marzo de cada año calendario.
Realicen esta actividad por vía aérea, terrestre, cámaras de fumigación y/o empresas unipersonales de aplicación terrestre.
La reinscripción es anual y el trámite tiene una duración de 1 (un) mes, debido a las instancias de inspección de la actividad.
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El presente trámite deberá ser realizado por las personas físicas o jurídicas que fabriquen, formulen, almacenen y comercialicen fitosanitarios, fertilizantes, abonos, enmiendas, inoculantes y productos de saneamiento ambiental, luego del vencimiento del certificado de INSCRIPCIÓN, como renovación de la actividad.
La duración del trámite es de 30 días, debido a las instancias de inspección a la actividad.
La habilitación tiene duración máxima de un año, sujeta a decisión técnica del organismo de aplicación.
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El presente trámite deberá ser realizado por las personas físicas o jurídicas que fabriquen, formulen, almacenen y comercialicen fitosanitarios, fertilizantes, abonos, enmiendas, inoculantes y productos de saneamiento ambiental.
La duración del trámite es de 30 días, debido a las instancias de inspección a la actividad.
La habilitación tiene duración máxima de un año, sujeta a decisión técnica del organismo de aplicación. Luego del vencimiento debe realizarse trámite de renovación.
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El presente trámite deberá ser realizado por todas las personas físicas o jurídicas que fabriquen, formulen, almacenen y comercialicen fitosanitarios, fertilizantes, abonos, enmiendas, inoculantes y otros productos de saneamiento ambiental.
La habilitación es por el término de un año, transcurrido el mismo se debe realizar la reinscripción teniendo como plazo un mes posterior a la fecha de vencimiento.
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El presente trámite deberá ser realizado por Operarios Fitosanitarios que voluntariamente deseen acceder a una credencial que los habilite como tal, como así también toda empresa que presta servicio de aplicación a terceros debe contar con operarios fitosanitarios inscriptos y habilitados para realizar las tareas control.
Deberán reinscribirse cada año, teniendo como plazo un mes posterior al vencimiento de la habilitación. La habilitación es por el término de un año, transcurrido el mismo se debe realizar la reinscripción teniendo como plazo un mes posterior a la fecha de vencimiento.
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El presente trámite deberá ser realizado por todas las personas físicas / jurídicas para realizar servicios de aplicaciones a terceros de fitosanitarios, fertilizantes, abonos, enmiendas, inoculantes y otros productos de saneamiento ambiental.
Realicen esta actividad por vía aérea, terrestre, cámaras de fumigación y/o empresas unipersonales de aplicación terrestre.
La reinscripción es anual.
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El presente trámite deberá ser realizado por todas las personas físicas jurídicas para realizar servicios de aplicaciones a terceros de fitosanitarios, fertilizantes, abonos, enmiendas, inoculantes y otros productos de saneamiento ambiental.
Realicen esta actividad por vía aérea, terrestre, cámaras de fumigación y empresas unipersonales de aplicación terrestre.
La reinscripción es anual.
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El presente trámite deberá ser realizado por todas las personas físicas o jurídicas que fabriquen, formulen, almacenen y comercialicen fitosanitarios, fertilizantes, abonos, enmiendas, inoculantes y otros productos de saneamiento ambiental.
La habilitación es por el término de un año, transcurrido el mismo se debe realizar la reinscripción teniendo como plazo un mes posterior a la fecha de vencimiento.
Dirección de Sanidad Vegetal – Av. Benavidez 8000 –Oeste –Rivadavia.
Teléfono: 4265224 Horario de 8:30 a 12:30.
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El presente trámite deberá ser realizado por todas las personas físicas jurídicas para realizar servicios de aplicaciones a terceros de fitosanitarios, fertilizantes, abonos, enmiendas, inoculantes y otros productos de saneamiento ambiental.
Realicen esta actividad por vía aérea, terrestre, cámaras de fumigación y empresas unipersonales de aplicación terrestre.
La reinscripción es anual.
Oficinas: Dirección de Sanidad Vegetal – Av. Benavidez 8000 –Oeste –Rivadavia.
Teléfono: 4265224 Horario de 8:30 a 12:30 hs.