Registración de Planos
Resumen
La registración de los planos de mensura requiere la presentación por parte de Profesionales de la Agrimensura, siendo responsables por la documentación que se suscribe y registra.
La Dirección de Geodesia y Catastro (DGC), verifica que cumplen con la reglamentación vigente y los registra.
Requisitos
La persona interesada debe contactar a un Profesional de la Agrimensura al cual le otorgará una orden de trabajo.
Luego el profesional habiendo realizado la mensura, gestiona el pago del arancel en el Colegio de Agrimensores.
Asimismo, el profesional es el responsable de efectuar otros trámites ante reparticiones públicas.
El plano registrado para escriturar requiere el certificado catastral, el mismo se tramita ante la DGC y quedando el documento habilitado para trámites ante Escribanias y Poder Judicial.
Sellado 50 U.T
Procedimiento
- El profesional habiendo realizado la mensura y los pagos de los aranceles correspondientes, solicita la registración ante la DGC.
- DGC verifica que cumplen con la reglamentación vigente y los registra.
Si el expediente de mensura se presenta con toda la documentación requerida y sin errores, el tiempo de demora estimado es de 45 días hábiles.
Se puede dar seguimiento al trámite con el número de expediente a través de http://servicioscatastro.sanjuan.gob.ar/dgcconsultasweb
Normativas Implicadas
Documentos Relacionados
Observaciones
Importante
Para adquirir el sellado U.T (código de barra) con el que se podrá proceder al pago en entidades financieras ( Banco San Juan y San Juan servicios ), se encuentra disponible de forma:
-Presencial en Mesa de Entrada de Rentas o Mesa de Entrada de Catastro.
-Remota a través de https://rentas.dgrsj.gob.ar/DatosContribuyente/Servicios .