Autorización para el trabajo artístico de menores
Resumen
Solicitar la autorización requerida por la Resolución 181-MG-2020, donde se permite a los menores trabajar en tareas artísticas y afines.
Subsecretaría de Trabajo ubicada en calle Santa Fe 58 (Oeste) Capital. 4° Piso “Dirección de Políticas Laborales”
Requisitos
Los requisitos se encuentran en el art. 2 de la Resolución 181. A saber:
1° Nota del Empleador (la cual deberá contener nombre y apellido del menor, tareas a realizar por el menor, días y horarios de trabajo, locación , firma y aclaración del empleador; póliza de seguro);
2° Formulario de presentación;
3° Fotocopia del DNI del menor;
4° Fotocopia del DNI de la madre, padre y/o tutor;
5° Fotocopia de la partida de nacimiento del menor;
6° Original del Certificado de Escolaridad del menor;
7° En caso de tutoría, presentar copia de la resolución judicial expedida por el Juez.
Procedimiento
La empresa productora de la actividad artísticas, deberá iniciar el trámite 15 días hábiles antes del evento, cumplimentar los requisitos exigidos.
Luego se inicia el trámite por Mesa de Entradas de la Subsecretaria de Trabajo
Cualquier duda sobre la referida documentación concurrir al 4° Piso, sector “Sur” en la Dirección de Políticas Laborales, allí lo recibe la Lic. Silvana Ortiz. Unicamente en horario de mañana a partir de las 08:30hs hasta las 13:30hs. No es necesario solicitar un turno en forma previa.