Listado de Trámites
Orden: mas reciente primero
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Es una bonificación que fija, para el agente de la Administración Pública Provincial, el pago por su título obtenido.
La bonificación por título considera como requisito la inherencia directa entre el ejercicio del título de instrucción formal alcanzado por el agente (por el que solicita la bonificación) y el cargo que desempeña en la repartición a su cargo. Esta condición no es exigible para los agentes que solicitan el pago por Título Secundario, Ciclo Básico y Certificados de Capacitación extendidos por organismos gubernamentales.
Este adicional no tiene tiempo límite para ser solicitado. Su pago será retroactivo a la designación del agente o la abstención de su título, si éste inicia el proceso (con documentación completa) dentro de los 45 días. Pasado ése término, dicha bonificación se gozará desde el mes siguiente en que presente la documentación requerida.
NO podrá bonificarse más de un título por empleo, reconociéndose aquel al que le corresponda un adicional mayor.
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Sr. Contribuyente
Debido a los cambios introducidos por la Resolución 12/2017 de Comisión Arbitral, en la que se aprueba “Nuevo Nomenclador de Actividades Económicas” (NAES), que reemplaza al nomenclador en uso, es que la Dirección General de Rentas debe implementarlo para el Régimen Local y Simplificado Provincial. El mismo entra en vigencia a partir del 01 de Febrero del corriente año.
A tal efecto, cada contribuyente del Impuesto sobre los Ingresos Brutos, deberá ingresar en la opción “Botón Actividades IIBB” a fin de verificar los resultados de su reempadronamiento de actividades, pudiendo ratificar o rectificar el mismo durante el proceso.
Los contribuyentes que efectúen declaraciones juradas por medio del aplicativo MiDGR, deberán actualizar a la versión 1.3.5. disponible en este sitio WEB. Los que utilicen la Opción 1 de carga WEB, se informa que la misma se encuentra adecuada al nomenclador NAES.
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En caso de fallecimiento del titular o cotitular de una vivienda adjudicada, es necesario presentar el acta de defunción correspondiente al IPV para actualizar los datos y gestionar el cambio de titularidad.
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Mejorar la capacidad productiva de micro emprendedores sanjuaninos a través de la adquisición de insumos y/o equipamiento de los mismos.
MONTO A FINANCIAR: Hasta $1.000.000,00
TASA DE INTERÉS: La tasa de interés será del 35 % de la Tasa Activa Variable Nominal Anual Vencida en pesos fijada y publicada por el Banco de la Nación Argentina para las operaciones de Cartera General vigente el último día hábil del mes en que se apruebe la solicitud del crédito.
GARANTÍA: Cheque de pago diferido propio o de terceros.
PLAZO DE DEVOLUCIÓN: 3 meses de gracia + 9 meses de devolución (12 meses en total).
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Este es el trámite que se debe realizar para la inscripción de partidas de nacimiento, reconocimiento o defunción de otra jurisdicción ante el Registro Civil Provincia de San Juan.
Para más información ingrese al siguiente link:
Dirección de Registro del Estado Civil y Capacidad de las Personas
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REGISTRO ÚNICO DE PRESTADORES:
Es un instrumento que permite registrar (voluntariamente) a las instituciones privadas que prestan servicios de atención y rehabilitación, de conformidad con las normas reglamentarias y complementarias de la Ley Nº 24.901 y, por lo tanto, forman parte del padrón de prestadores a nivel nacional.
La inscripción al Registro permite a los prestadores formar parte del Sistema Único de Prestaciones Básicas de Atención Integral a Favor de las Personas con Discapacidad, facturar sus prestaciones de conformidad con el nomenclador vigente para ellas y celebrar en ese marco contratos con las Obras Sociales Nacionales u otros obligados a financiar las prestaciones (arts. 2º y 7º de la Ley N° 24.901).
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Habilitar a las empresas transportistas a la circulación dentro de la provincia de San Juan
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El Instituto Provincial de la Vivienda (IPV) recibe denuncias relacionadas con viviendas que se encuentren deshabitadas, habitadas por un tercero, desmanteladas o alquiladas sin autorización.
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El trámite consiste en la emisión de un acto administrativo que reconoce los años de servicio de un agente en la Administración Pública de la Provincia de San Juan, dependiente del Poder Ejecutivo.
La Certificación de Reconocimiento de Años de Servicio será emitida por el Registro Central de Personal, dependiente de la Dirección General de Recursos Humanos y Organización.