Centro Civico
  • Telefono:
  • Horario:
  • Costo:
  • Duración:
  • 4307941
  • 7:30 a 13:30
  • 15 UT

A pedido de la madre, padre o persona interesada con edad y madurez suficiente, se puede agregar el apellido del otro progenitor o progenitora.

Destinatario/s:

  • Ciudadanos inscriptos en el Registro Civil de la provincia San Juan.
Personales Creado: 04/06/2021 09:06:20
  • Telefono:
  • Horario:
  • Costo:
  • Duración:
  • 4307941
  • 7:30 a 12:30
  • 0

¿En qué consiste el trámite?

Es el acto mediante el cual el padre biológico reconoce a su hija/o, siempre que no contradiga una filiación anterior establecida. En este último caso, deberá iniciarse la acción judicial correspondiente.

Importante: Reconocer a una persona, sabiendo que no es su hija o hijo biológico, es un acto ilegítimo y violatorio de la Convención Internacional de los Derechos del Niño, con posibles sanciones penales o civiles, conforme el perjuicio que se cause a la hija, hijo, madre o padre biológicos.

Personales Creado: 04/06/2021 09:06:06