Dirección de Regulación y Control de Gestión
Listado de Trámites por Organismo
Organismos Dependientes
Dirección de Regulación y Control de Gestión
Trámites de: Dirección de Regulación y Control de Gestión
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1- Matrícula de Profesionales Universitarios.
2- Matrícula de Profesionales Técnicos no Universitarios.
3- Matriculas de Profesionales Auxiliares e Idóneos.
4- Inhabilitación de Matricula.
6- Certificación de Profesional Habilitado en Certificados Médicos y /o Cartillas Sanitarias.
8- Certificado de Inscripción de Título Duplicado o Certificado de Ética Profesional
9- Renovación de Carnet de Agentes de Propaganda Médica .
10- Carnet Duplicado de Profesionales.
11- Matrícula de especialistas
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El registro de la especialidad autoriza al profesional a anunciarse como especialista en San Juan. La provincia se encuentra por Ley Provincial N° 903-Q adherida a la Ley Nacional N° 17.132 modificada por Ley Nacional N° 23.873 con Decreto Reglamentario 10/2003 Arte de Curar.
La nómina de especialidades que se reconocen y matriculan en el Registro de Profesionales del Ministerio de Salud de San Juan son las Reconocidas por el Ministerio de Salud de la Nación aprobadas por el Consejo Federal de Salud:
- Especialidades Médicas: Resolución N° 1814/2015
- Especialidades Odontológicas: Resolución N° 956/2010
- Especialidades de la Enfermería: Resolución N° 199/2011
- Especialidades Multiprofesionales: Resolución N° 3797/2023
- Especialidades Farmacéuticas: Resolución N° 1186/2013
- Especialidades Bioquímicas: Resolución N° 1341/2013
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La obtención de matrícula en San Juan permite ejercer legalmente la profesión en la provincia.
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Se realiza copia fiel del original de documentación de formación: diplomas, analíticos y certificados de inscripción de títulos.
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La obtención de matrícula en San Juan permite ejercer legalmente la profesión en la provincia. Este trámite solo habilita la matrícula de la profesión, para especialidades consulte el apartado Matriculación de Especialistas:
https://tramite.sanjuan.gob.ar/tramite/d/493/matriculacion-de-especialista
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Habilitación de establecimientos que brindan prestaciones de salud (Licencia de Funcionamiento). Registro de los establecimientos habilitados en el Sistema Integrado de Información Sanitaria Argentino -SISA-.
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El certificado de Inscripción de Titulo Duplicado se otorga en el caso de extravío del original.
El certificado de Ética Profesional certifica que el profesional se encuentra habilitado para ejercer su profesión en San Juan en el momento de la emision del mismo y cuenta con un mes de vigencia.
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La credencial duplicada se otorga en el caso de extravío de su original.
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La credencial de A.P.M. se debe renovar cada tres años para dar cumplimiento a la Ley Provincial 355-A.
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Se verifica la autenticidad del profesional que firma en el certificado médico y/o cartilla sanitaria cotejando su condicion de profesional matriculado y activo en la Provincia de San Juan.
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La obtención de matrícula en San Juan permite ejercer legalmente la profesión en la provincia.
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El registro de la especialidad autoriza al profesional a anunciarse como especialista en San Juan. La provincia se encuentra por Ley Provincial N° 903-Q adherida a la Ley Nacional N° 17.132 modificada por Ley Nacional N° 23.873 con Decreto Reglamentario 10/2003 Arte de Curar.
La nómina de especialidades que se reconocen y matriculan en el Registro de Profesionales del Ministerio de Salud de San Juan son las Reconocidas por el Ministerio de Salud de la Nación aprobadas por el Consejo Federal de Salud:
- Especialidades Médicas: Resolución N° 1814/2015
- Especialidades Odontológicas: Resolución N° 956/2010
- Especialidades de la Enfermería: Resolución N° 199/2011
- Especialidades Multiprofesionales: Resolución N° 3797/2023
- Especialidades Farmacéuticas: Resolución N° 1186/2013
- Especialidades Bioquímicas: Resolución N° 1341/2013