Rúbrica de libros para fundaciones
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0800 444 6926
Resumen
Este trámite permite a las Fundaciones solicitar la rúbrica de los libros necesarios para funcionar como Persona Jurídica.
Requisitos
- Nota de Estilo -dirigida al señor/a Inspector/a General- solicitando la Rúbrica de libros, indicando el domicilio legal de la Entidad.
- Libro de Actas de Reuniones de Consejo de Administración.
- Libro de Registro de Asistencia.
- Libro de Actas de Reunión Anual Especial, con transcripción del Acta de Fundación, Acta de Aprobación de Estatutos, Estatutos Sociales aprobados y Decreto.
- Libro Caja, con registraciones al mes anterior a la presentación.
- Libro de Inventario & Balance, con estados contables vencidos (si existieran).
- Pago de 36 U.T. por cada libro a rubricar.
- Colocar en cada libro RÓTULO consignando el nombre de la entidad y el nombre del Libro a Rubricar.
Procedimiento
A fin de iniciar el trámite debe dirigirse el interesado por Mesa de Entradas de la I.G.P.J. Santa Fe 54 Oeste, Segundo Piso, Ala Sur.
Debe acompañarse toda la documentación requerida.
Normativas implicadas
Tipo | Código | Detalle |
---|---|---|
Ley | 135-A | Ley Provincia de Procedimiento Administrativo |
Ley | 150-A | Se crea y establece el funcionamiento y organización de la Inspección General de Personas Jurídicas, organismo dependiente del Ministerio de Gobierno. |
Decreto | 655-1973 | Decreto Reglamentario de la Ley Provincial N° 135-A |
Observaciones
* Para comprar un U.T. dirigirse a la Dirección General de Rentas y abonarla en el Banco San Juan.
IMPORTANTE: todo trámite es de exclusivo interés del administrado, por ende corre por su cuenta el impulso del mismo. A los fines de lograr la mayor celeridad posible se recomienda concurrir ante esta Repartición los días de atención al público.
MIÉRCOLES: Departamento Jurídico.
JUEVES: Departamento Civil.