Inscripción en Registro de Electrodependientes por Cuestiones de Salud
https://tramite.sanjuan.gob.ar
0800 444 6926
Resumen
ELECTRODEPENDIENTES: Son personas que por problemas de salud deben permanecer conectadas gran parte o prácticamente todo el día, dentro de su hogar mediante una infraestructura especial y un equipamiento médico, cuya ausencia o mal funcionamiento implican un riesgo para la vida o la salud del paciente, prescripto por médico con especialidad acreditada vinculada directamente con la condición o situación patológica que determina su condición de electrodependiente, y que requiere la provisión de energía eléctrica de forma ininterrumpida y con niveles de tensión estables para evitar riesgos en su salud o en su vida.
Requisitos
a) Nota por duplicado solicitando la inscripción en el Registro de Electrodependientes por Cuestiones de Salud (RECS)
b) Formulario ANEXO I con datos completos y firma de profesional especialista matriculado en Registro de Profesionales del Arte de Curar y Afines del MInisterio de Salud de San Juan
c) Fotocopia de última factura del suministro de energía eléctrica del domicilio donde reside el paciente
d) Fotocopia del DNI del paciente
e) Fotocopia del DNI del solicitante (padre/madre, tutor o responsable del paciente)
Procedimiento
1- Descargar e imprimir la "nota inscripción" por duplicado y el formulario ANEXO I, o retirarlo personalmente de la Dirección de Regulación y Control de Gestión del Ministerio de Salud de San Juan.
2- El solicitante debe completar nota por duplicado.
3- El solicitante debe completar formulario ANEXO I sección: A completar por el interesado, con letra clara y legible.
4- El médico prescriptor (médico especialista matriculado) debe completar formulario ANEXO I sección A completar por el médico, con letra clara y legible.
5- Dirigirse con la documentación completa a la Dirección de Regulación y Control de Gestión del Ministerio de Salud de San Juan (Centro Cívico 3° piso núcleo 2) de 07:30 a 12:30 h.
6- Vigencia: conforme la resolución de inscripción en RECS, deberá pedir la renovación dos meses antes de su vencimiento.
7- Acceso al beneficio: una vez que se le notifique que debe retirar la resolución de inscripción en el RECS, deberá presentarla ante el Ente Provincial Regulador de la Electricidad (EPRE)
Normativas implicadas
Tipo | Código | Detalle |
---|---|---|
Ley | 1813-A-2018 | |
Decreto | Decreto Reglamentario 003-MSP-2019 |
Observaciones
En caso de cambios en la condición de salud (MEJORA o FALLECIMIENTO del ECS) deberá informarlo en la Dirección de Regulación y Control de Gestión del Ministerio de Salud para la redacción de la resolución correspondiente. Mediante "nota baja" (fallecimiento) o "Anexo I paciente mejoro" (mejora).
En caso de CAMBIO DE DOMICILIO del ECS deberá informarlo en la Dirección de Regulación y Control de Gestión del Ministerio de Salud para la redacción de la resolución correspondiente. Mediante nota de "nota cambio de domicilio" junto con fotocopia de factura del suministro de energía eléctrica del domicilio al que se trasladó el ECS y ANEXO I.
RENOVACIÓN: dos meses antes del vencimiento del beneficio (lo cual será informado por la División Trabajo Social en domicilio) deberá presentar "nota renovación" junto con "ANEXO I".