Solicitud de Refinanciación
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Resumen
La refinanciación es el procedimiento para financiar la deuda contraída con el IPV. De acuerdo con la resolución 174-IPV-2024 son créditos objeto de refinanciación:
- Créditos en pesos que se encuentren en mora, con otorgamiento del beneficio y fecha de primer pago hasta el 31/12/1993 y/o posean periodo de financiación vencido, por cumplimiento del plazo original otorgado ○ por cualquier otra modificación en sus condiciones financieras, que se encuentren en mora.
- Créditos de las adjudicaciones en venta y asistencias financieras con fecha de primer pago a partir del 01/01/1994, que se encuentren en mora.
- Créditos con condiciones financieras expresadas en Unidades Habitacionales (UH), que se encuentren en mora.
- Créditos generados en operatorias de asistencia financiera parcial individual, otorgadas para la construcción ○ ampliación de viviendas propias, que se encuentren en mora.
La metodología de cálculo es la establecida en la resolución 174-IPV-2024.
Requisitos
- Presentar solicitud de cancelación, otorgada por el IPV.
- DNI de TITULAR y fotocopia de ambas caras.
- Proveer un número telefónico para recibir notificación.
- Los solicitantes deberán pagar un anticipo que represente como mínimo el veinte por ciento (20%) del total de la deuda.
- Los beneficiarios contarán con un plazo de diez días corridos para suscribir el plan de refinanciación correspondiente.
- Adherir la cuota mensual al Débito Automático, firmando una Declaración Jurada de Adhesión al Sistema para pago de Servicios por Débito Automático y la respectiva Solicitud de Adhesión. (Ver requisitos de adhesión al Débito Automático)
- Para el caso de no poseer cuenta bancaria, ningún integrante del grupo familiar deberá poseer Certificación Negativa de ANSES.
- Las condiciones financieras no expresadas en UH tendrán un plazo máximo de veinticuatro meses, siempre que este plazo máximo no supere el periodo restante de la financiación original o vigente del crédito al momento de adherirse al plan.
Procedimiento
- Concurra a la oficina de Gestión de Cartera - División Refinanciaciones, ubicada en el Núcleo 4 del Entrepiso del Centro Cívico.
- Completar solicitud de refinanciación
- Ingresarla por mesa de entradas del IPV, ubicada en el 5° Piso del Centro Cívico núcleo 4.
Normativas implicadas
Observaciones
Los planes de refinanciación serán únicos. El beneficiario que incurra en mora sólo podrá adherirse por única vez y su incumplimiento dará lugar a las sanciones legales que correspondan. Excepcionalmente, por motivos de entidad que así lo justifiquen, el IPV podrá otorgar la posibilidad de adherirse a un nuevo plan, si así lo creyere conveniente, a los adjudicatarios o beneficiarios de asistencias financieras que incurran en mora en los planes de refinanciación previstos en el presente régimen, siempre que hayan transcurrido al menos cinco (5) años del anterior.