
Reconocimiento de Años de Servicio
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0800 444 6926
Resumen
El trámite consiste en la emisión de un acto administrativo que reconoce los años de servicio de un agente en la Administración Pública de la Provincia de San Juan, dependiente del Poder Ejecutivo.
La Certificación de Reconocimiento de Años de Servicio será emitida por el Registro Central de Personal, dependiente de la Dirección General de Recursos Humanos y Organización.
Requisitos
1- Nota de Solicitud dirigida a Jefe de Repartición de pertenencia
2- Formulario para trámite de comisión de personal.
3- Copia fiel de DNI del agente solicitante.
4- Copia fiel de la documentación que acredite los años de servicios por los que se solicita certificación de reconocimiento.
Procedimiento
El tramite debe iniciarlo el interesado, en la reparticion de origen.
Normativas implicadas
Tipo | Código | Detalle |
---|---|---|
Ley | Ley N° 536-A | (Ley De Licencias), Art. 8. |
Decreto | Decreto Reglamentario 049/96. |
Observaciones
¿QUÉ AÑOS DE SERVICIO ACREDITA LA CERTIFICACIÓN?
Servicios en la Administración Pública Nacional, Provincial o Municipal (incluye a los servicios prestados en planta política), debidamente certificados. Incluye a personal de las FFAA (Ejército, Armada y Fuerza Área) y FFSS (Policía Federal, Gendarmería Nacional, Prefectura Naval).
Servicios de salud Ad Honorem otorgados hasta el 22/08/2018 inclusive.
Régimen de Residencias Médicas.
Servicios docentes prestados en establecimientos de gestión pública de la Provincia de San Juan u otras jurisdicciones, únicamente.
Para el caso de prestaciones en dependencias del Estado tales como Sociedades del Estado, Empresas del Estado, Sociedades Mixtas, etc., se determinará su inclusión en forma particular conforme el tipo de legislación que regula la relación laboral estado agente.
¿QUÉ AÑOS DE SERVICIO NO ACREDITA LA CERTIFICACIÓN?
Contratos de Locación de Servicios de Colaboración en general.
Contratos de Médicos Comunitarios (son ídem a los mencionados en el inciso a).
Servicios docentes en instituciones de gestión privada de cualquier índole y nivel.
Servicios de salud desempeñados en hospitales o clínicas de gestión privada.
Becas de salud o educación en general.
Adscripciones docentes y/o ayudantías de alumnos desempeñados en universidades públicas.
Servicios de Salud Ad Honorem otorgados con posterioridad al 23/08/2018 inclusive.
Residencias médicas realizadas en centros de salud que no correspondan a la Administración Pública.